Sin licitación y con vínculo político: el Municipio contrató por $17 millones al hermano de un concejal

(Por Ciudad Noticias): La Rendición de Cuentas 2024 del Municipio de Saavedra revela una contratación directa observada por el Tribunal de Cuentas: una orden de compra por $17 millones a favor de Agustín Catalano, hermano de un concejal en ejercicio . Según el fallo, la operación formó parte del listado de contrataciones directas que excedieron los límites legales. Además, en el rubro existían otros proveedores que no habrían tenido oportunidad de competir.

Según el cuadro incorporado por el Tribunal de Cuentas, el Municipio emitió a favor de Catalano Agustín la Orden de Compra N.º 5715, fechada el 9 de septiembre de 2024, por $17.000.000. En la misma línea figura una Orden de Pago N.º 11313, REPA 7219, del 11 de noviembre de 2024, por $9.000.000.

El dato es grave por sí mismo: no se trata de una compra menor ni de un gasto ordinario perdido dentro de la rendición. El Tribunal incluyó esa operación dentro del apartado de “Adquisiciones y Contrataciones realizadas en forma directa excediendo los importes establecidos”. Es decir, la contratación a Catalano aparece dentro de un listado observado porque las compras fueron realizadas de manera directa y por encima de los límites previstos.

Para septiembre de 2024, el límite de contratación directa informado por el propio Tribunal era de $5.641.188. La orden de compra a favor de Catalano fue por $17.000.000 y el pago consignado fue de $9.000.000. Ambos montos superan el límite vigente para contratar de forma directa.

Pero el punto más delicado no es solamente el monto. Según información local directa, Agustín Catalano es hermano de un concejal en ejercicio. Ese vínculo cambia por completo la gravedad política del caso. Cuando una Municipalidad contrata directamente a un familiar de un integrante del Concejo Deliberante, sin licitación ni instancia competitiva, la transparencia debe ser máxima. Y acá, por el contrario, el caso aparece dentro de un capítulo observado por el Tribunal de Cuentas.

La situación se vuelve todavía más sensible si, como surge del conocimiento local del rubro, había otros proveedores capaces de prestar el mismo servicio. Si existían al menos cuatro proveedores disponibles y el Municipio llamó directamente a Catalano, sin abrir la posibilidad de competir al resto, la contratación deja de ser un simple expediente administrativo y pasa a ser un caso de fuerte impacto institucional.

El principio es básico: el Estado no puede elegir a dedo cuando hay competencia posible. Mucho menos cuando el beneficiario tiene un vínculo familiar con un concejal en funciones. En ese escenario, el Municipio debía justificar de manera reforzada por qué contrató directamente, por qué no convocó a otros proveedores, qué causal legal utilizó, qué presupuestos comparativos pidió y qué medidas tomó para evitar cualquier sospecha de privilegio.

El propio fallo recuerda que las contrataciones públicas deben ajustarse a principios de razonabilidad, publicidad, concurrencia, libre competencia, igualdad, economía y transparencia. Esos principios son exactamente los que quedan bajo sospecha cuando una contratación directa, por encima del límite legal, termina beneficiando a un familiar de un concejal y deja afuera a otros proveedores del mismo rubro.

Además, el Tribunal observó que el Municipio no efectuó la publicación de los llamados a compras directas realizadas durante 2024 en el sitio web de la Provincia ni en cámaras de comercio o empresariales. Tampoco publicó en la página web municipal el resultado o resumen de las distintas compras directas del ejercicio.

Ese dato es clave: no solo hubo contrataciones directas observadas; también hubo falta de publicidad suficiente. Y sin publicidad no hay competencia real. Sin competencia, el vecino no puede saber si el Municipio eligió la mejor oferta o simplemente eligió al proveedor que quiso.

El caso Catalano debe investigarse expediente por expediente. La Rendición de Cuentas muestra una orden de compra por $17 millones y un pago por $9 millones. Lo que todavía debe explicar el Municipio es qué ocurrió con el resto del monto: si fue anulado, si quedó pendiente, si se pagó por otra vía o si correspondía a una prestación parcial.

Pero la pregunta central es otra: ¿por qué Agustín Catalano fue contratado directamente mientras otros proveedores del rubro no tuvieron la misma oportunidad?

La respuesta no puede ser verbal ni política. Debe estar en el expediente: objeto de la contratación, factura, orden de pago, constancia de transferencia, presupuestos comparativos, informe de necesidad, acto administrativo, inscripción como proveedor y dictamen sobre posible conflicto de intereses.

Hasta que esa documentación aparezca, el caso queda instalado como uno de los puntos más graves de la Rendición 2024: una contratación directa, por encima del límite legal, a favor del hermano de un concejal en ejercicio y sin competencia abierta para otros proveedores del rubro.

No es una desprolijidad menor. Es una señal de alarma sobre cómo se manejaron las compras públicas en el distrito de Saavedra.

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