De acuerdo a la normativa vigente (decretos provinciales 134/2017 y 428/2022 y la ordenanza municipal 5744/2009), el puntaje de quienes aspiran a tener una vivienda social en la localidad de Espartillar, tiene dos componentes:
*El puntaje que otorga el Registro Único de Demanda Habitacional del Instituto de la Vivienda de la Provincia de Buenos Aires que refleja las condiciones en las que viven las familias.
*La antigüedad de residencia en la localidad y el distrito calculada según lo dispuesto por la ordenanza vigente.
*El artículo 5 de la ordenanza 5744/2009 posibilita la impugnación de los aspirantes por cualquier causal de incompatibilidad por un plazo de 30 días a partir de su publicación.
*La impugnación, que tiene carácter reservado, debe presentarse por escrito, y en forma individual, ante la Secretaria de Desarrollo Social o en la delegación municipal únicamente por quienes formen parte del listado precedente incluyendo:
Datos del denunciante, motivos y pruebas que acrediten la impugnación.



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