El caso Nebot y la investigación que no aparece

(Por Ciudad Noticias): El reconocimiento de una adicción pertenece al plano humano y sanitario. La posible entrega o facilitación de drogas a otra persona pertenece al terreno penal y requiere verificación judicial. La ley bonaerense permite iniciar una investigación de oficio, aun sin denuncia particular.

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El relato de Matías Nebot sobre su recuperación tuvo una rápida repercusión pública. Durante una actividad sobre consumos problemáticos realizada en Pigüé, el intendente de Saavedra afirmó que llevaba 308 días sin consumir y reconoció haber atravesado un consumo de drogas durante un período prolongado, parte de ese tiempo mientras ya ejercía la conducción del municipio.

Su decisión de hablar puede ser valorada desde el punto de vista personal y social. Reconocer una adicción, comenzar un tratamiento y sostener una recuperación no deberían convertirse en motivos de humillación pública. Sin embargo, el análisis institucional no termina en aquello que el intendente decidió contar durante
esa charla.

El caso adquiere otra dimensión a partir de los chats difundidos previamente por este medio. En esas conversaciones, cuya autenticidad todavía debe ser establecida mediante una pericia judicial, aparecerían referencias a la entrega de drogas y dinero a un joven mayor de edad. También existiría un mensaje en el que el propio interlocutor le habría advertido al intendente que su pareja tenía ese material en su poder.
Las capturas, por sí solas, no alcanzan para condenar a nadie. Pueden estar incompletas,
descontextualizadas o adulteradas. Pero esa posibilidad no es una razón para ignorarlas: es precisamente la razón por la que deben ser sometidas a una investigación técnica. La función de la Justicia no es esperar a que el periodismo entregue un delito completamente probado, sino verificar si la noticia criminal tiene sustento.

La investigación no necesita una denuncia previa

El Código Procesal Penal de la provincia de Buenos Aires establece que la Investigación Penal Preparatoria está a cargo del Ministerio Público Fiscal. El artículo 267 dispone que el fiscal debe proceder directa e inmediatamente frente a los hechos que aparezcan cometidos dentro de su jurisdicción.

El artículo 268 agrega un dato central: una investigación puede iniciarse por una denuncia, pero también por decisión del propio Ministerio Público Fiscal o por iniciativa de la Policía. El sistema, por lo tanto, no exige necesariamente que una persona se presente primero en una comisaría o fiscalía. La noticia sobre un posible delito puede llegar por distintas vías, incluida su difusión pública.

La Policía bonaerense tampoco tiene un papel meramente pasivo. Los artículos 293 y 296 le asignan funciones de investigación frente a delitos de acción pública y la obligación de comunicar de inmediato esos hechos al fiscal y al juez de Garantías.

Cuando la información difundida es concreta, verosímil y susceptible de comprobación, la ausencia de una denuncia formal no explica por sí sola una falta absoluta de actuación.

El eje no es perseguir el consumo personal.

El punto penalmente relevante no debería ser criminalizar a Nebot por haber reconocido una adicción. El eje es determinar si existió entrega, suministro o facilitación de drogas a otra persona. El artículo 5, inciso e), de la Ley 23.737 sanciona a quien entregue, suministre, aplique o facilite estupefacientes a terceros, tanto
cuando existe una contraprestación como cuando la entrega es gratuita.

Si los mensajes fueran auténticos y reflejaran una entrega real, la situación dejaría de quedar limitada a la esfera privada del consumo. Podría existir una conducta perseguible de oficio, independientemente de que el receptor fuera mayor de edad y de que entre ambos existiera una relación consentida.

La presencia de dinero o de un vínculo íntimo no permite afirmar automáticamente la existencia de un delito sexual. Tampoco permite concluir, sin investigación, que la droga haya sido entregada como contraprestación. Esas circunstancias deben reconstruirse a partir de las conversaciones completas, testimonios, movimientos de dinero y demás evidencia disponible. Lo que surge de manera preliminar es una posible conducta relacionada con el suministro de estupefacientes que merece ser verificada.

Qué debería hacer la Fiscalía

Abrir una investigación no equivale a declarar culpable al intendente. El primer paso razonable sería iniciar actuaciones para preservar y verificar el material disponible. La Fiscalía podría recibir los dispositivos originales, ordenar una extracción forense de las conversaciones, analizar fechas y participantes, recuperar el contenido completo y determinar si las capturas coinciden con los mensajes almacenados en los teléfonos.

También podría tomar declaración a quienes entregaron el material y al joven que habría intervenido en los chats, además de comprobar si existieron movimientos de dinero compatibles con lo mencionado. La evidencia digital es volátil; por eso debe preservarse de manera adecuada, evitando ediciones, recortes o manipulaciones que puedan afectar su valor probatorio.

Solo después de esas verificaciones puede determinarse si los mensajes son falsos, si reflejan una conversación que nunca se concretó o si hubo entregas reales de drogas. También corresponde establecer de dónde provenía la sustancia, porque un consumo sostenido y una eventual facilitación a terceros presuponen algún circuito de abastecimiento.

La falta de una denuncia particular no impide que la Fiscalía o la Policía actúen.
La investigación existe precisamente para comprobar la autenticidad de los chats y establecer si hubo o no una conducta delictiva.

La competencia corresponde inicialmente a la Justicia bonaerense.

La provincia de Buenos Aires adhirió al régimen de desfederalización parcial de los delitos vinculados con estupefacientes mediante la Ley 13.392. Por esa adhesión, la Justicia provincial investiga, entre otros supuestos, la venta, entrega o suministro de droga fraccionada y destinada directamente al consumidor.
En consecuencia, una posible entrega directa de drogas a una persona debería ser analizada inicialmente por una fiscalía bonaerense. Si durante la pesquisa apareciera una organización de mayor escala, conexiones interprovinciales o vínculos con otra causa, podrían intervenir los fiscales federales y los mecanismos de coordinación entre ambos fueros.

El cargo de intendente no vuelve automáticamente federal el expediente. Sí aumenta su relevancia institucional, porque obliga a descartar si el acceso a la sustancia tuvo alguna relación con personas, vehículos, dependencias, recursos municipales o mecanismos de protección vinculados con el ejercicio del poder.

La diferencia entre una prueba y una noticia criminal
Exigir que un medio periodístico demuestre por completo un delito antes de que la Justicia intervenga invierte la lógica del proceso penal. La Investigación Penal Preparatoria existe para comprobar si el hecho ocurrió, establecer sus circunstancias e individualizar a sus posibles responsables.
Por eso, sostener que no corresponde investigar porque las capturas todavía no fueron acreditadas supone pedirle al periodismo que realice una tarea que corresponde al Ministerio Público. La autenticidad de los chats no es una condición que deba resolver previamente un medio: es uno de los primeros puntos que la Fiscalía
debería verificar.
Hasta el momento no existe información pública suficiente para afirmar que se haya abierto una investigación penal específica por los mensajes difundidos. Tampoco puede descartarse la existencia de actuaciones reservadas. Lo concreto es que la legislación proporciona herramientas para iniciar medidas de verificación sin esperar que un particular formule una denuncia.

Un tema que supera el relato personal del intendente

El reconocimiento de una adicción, considerado de manera aislada, puede no describir un delito concreto.
Pero cuando a ese reconocimiento se suman chats que presuntamente aluden a la entrega de cocaína y dinero a un tercero, aparece una hipótesis específica que ya no puede reducirse a la vida privada del intendente.
Investigar no significa condenar, negar el valor de la recuperación ni utilizar una problemática de salud como arma política. Significa determinar si los mensajes son auténticos, si existió suministro de droga, quién la proporcionaba y si funcionó algún circuito que permaneció fuera del control de las autoridades.
La salud de Matías Nebot merece un abordaje humano. Los posibles hechos delictivos que surgen del material difundido requieren una respuesta judicial. Confundir ambos planos solo sirve para que la recuperación sea utilizada como escudo y para que una posible conducta penal quede sin verificar.

La cuestión central no es si el intendente merece apoyo durante su recuperación. La cuestión es por qué, frente a un reconocimiento público de consumo y a chats que presuntamente describen la entrega de drogas a otra persona, todavía no existe una explicación institucional clara sobre qué hizo la Justicia para verificarlo.

 

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