*Por Dr. Marcelo A. Biondi (Especial para Ciudad Noticias) : Más de 100 días de la desaparición de Facundo Astudillo Castro, quien salió de su casa en la localidad de Pedro Luro, partido de Villarino, el 30 de abril y hasta el día de la fecha se desconoce su paradero.
Aquel día Facundo, de 22 años, salió de su vivienda rompiendo el decreto presidencial que dispuso el aislamiento social obligatorio a raíz del coronovirus COVID- 19 y se fue a hacer dedo en la Ruta 3 para recorrer el trayecto que separa su ciudad con la de Bahía Blanca para visitar a su novia.
A unos 30 kilómetros de su viaje fue visto en la localidad de Mayor Buratovich, donde la policía le labró un acta por violación de las medidas de aislamiento social.
Sobre distintas averiguaciones que realicé del caso, puedo manifestar lo siguiente: hay distintas hipótesis, obviamente una de las que cobra más fuerza sobre todo para los damnificados es la participación policial en un hecho delictivo del que habría sido víctima Fernando Astudillo Castro.
Desde mi experiencia si bien la investigación no debe descartar ningún supuesto hecho sobre la mesa de trabajo, por el contrario estas causas deben investigarse como si estaríamos ante el acontecimiento más grave –cosa que todos queremos lo contrario y que aparezca con vida y buen estado de salud-, lo cierto es que de la prueba e indicios que se vayan colectando alguna de esas líneas investigativas debe tomar más fuerza sobre la reconstrucción histórica del suceso.
Todas las pruebas que se colectan en estos hechos son importantes, desde las pericias sobre la línea telefónica que utilizaba Fernando hasta un testigo que manifiesta alguna circunstancia, luego el investigar debe analizar y confrontar cual va siendo conteste con el resto de los elementos colectados en el caso y cual no.
Si bien soy muy respetuoso de las personas que dicen ver el pasado o el futuro, no comparto que se dispongan desplazamientos y medidas por este tipo de consultas, excepto que sea coincidente con pruebas que se incorporaron antes o después al expediente, en los casos Ángeles Rawson y Melina Romero me llegaban todo el tiempo datos por parte de personas que decían tener información sobre el hecho, hay que ser muy cauto sobre todo para no perder tiempo en la investigación penal.
Por el momento me parece correcta jurídicamente la decisión de la señora Juez de Garantías de Bahía Blanca doctora María Gabriela Marrón, no obstante no tener el particular damnificado la legitimidad plena sin la anuencia del Fiscal para pedir detenciones, lo cierto que esa medida de coerción más allá de corta duración en el régimen bonaerense -15 días que pueden prorrogarse 15 días más-, debe estar fundada con elementos probatorios de la causa que indiquen la comisión de un delito en perjuicio de Fernando y motivos bastantes para sospechar de la participación de una persona, por el momento por los datos que me brindaron del expediente no se encuentran abastecidos estos requisitos legales.
Si suponemos que Fernando fue víctima de un hecho violento, es una grave dificultad para la investigación que la denuncia se haya realizado 35 días posteriores a su último contacto con sus familiares, porque son días que se perdieron para recoger rastros, pistas, pruebas, diagramar tácticas y planificar estrategia de búsqueda.
En el caso Melina Romero, del cual fui abogado del particular damnificado, el cuerpo de la víctima lo encontramos 30 días posteriores a su desaparición y deceso, fue víctima de un hecho violento, por el estado de descomposición del cuerpo, solo pudimos pericialmente probar la data de muerte y su causa, pero en este caso el lugar del hallazgo y esos datos fueron de vital importancia para anexar a los testimonios que sirvieron para llegar en el año 2017 al primer juicio por jurados en el país sin participación del señor fiscal y con veredicto de culpabilidad para el imputado y confirmado por el Tribunal de Casación.
En el caso Ángeles Rawson donde me tocó trabajar como defensor del imputado el cuerpo de la víctima fue hallado a los pocos días de la última vez que fuera vista con vida la víctima, no obstante los peritos médicos y bioquímicos que me acompañaron siempre me indicaron que las pericias llevadas a cabo sobre lesiones de algunas partes del cuerpo no pudieron acreditar que las mismas se llevaron a cabo en vida, esto tiene relación con el estado de descomposición del cuerpo al momento de extraerse la muestra y en algunas ocasiones porque el hisopado se realiza incorrectamente.
La causa Fernando, tuvo como novedad que hace pocos días en los rastrillajes los efectivos que participaron con perros adiestrados secuestraron restos óseos quemados que serán peritados, algunos no parecen ser de origen humano según dicen.
Puedo mencionar que hace muchos años en el caso que representé a los familiares de Roxana Núñez, es el sexto caso en el país con condenas de los autores sin que aparezca el cuerpo de la víctima, los peritos que declararon en el juicio dieron una acabada explicación del lapso de tiempo que debe transitar un cadáver en la tierra para que se reduzca a restos óseos, como también la altísima temperatura que se requiere para poder cremar un hueso humano.
Vale destacar que la información que brindaron estos profesionales en aquel caso no se condice con los más de 100 días que transcurrieron desde que desapareció Fernando, con esto concluyo que en principio no deberían pertenecer a Fernando restos óseos que se encuentren en los rastrillajes, salvo previamente hayan sido sometidos algún mecanismo de reducción lo que la experiencia indica una mayor complejidad para los autores.
Dejo mis votos para para que pronto aparezca Fernando Astudillo Castro con vida o en su defecto que se reconstruya la verdad histórica para el caso que haya sido víctima de algún hecho delictivo.
* Defensas o Querellas penales.
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