(Por Ciudad Noticias): La Comisión Investigadora cerró la etapa de pruebas y levantó el secreto de sumario. La defensa sostiene que no se acreditó una irregularidad concreta en la gestión. Sin embargo, el expediente contiene testimonios de exfuncionarios de primera línea, antecedentes judiciales y el reconocimiento público del intendente sobre un período de consumo que coincidió parcialmente con su mandato. El viernes 23 de octubre el Concejo no resolverá todavía una eventual destitución: deberá definir cómo califica los hechos.

Ciudad Noticias publica parte de la documentación y testimonios a los que pudo acceder hasta el momento. El material disponible no constituye necesariamente la totalidad de las actuaciones ni agota otros elementos que puedan integrar el expediente o conocerse posteriormente.
El expediente que durante más de dos meses permaneció bajo reserva dejó de ser secreto. El 8 de octubre, la Comisión Investigadora del Concejo Deliberante de Saavedra dio por terminada formalmente la etapa probatoria, dispuso el levantamiento del secreto de sumario y puso las actuaciones a disposición de los concejales. El próximo viernes 23 de octubre, a las 9, habrá una sesión especial que marcará el primer momento decisivo del proceso abierto contra el intendente Matías Nebot.
No será todavía una sesión de destitución. Lo que deberá resolver el cuerpo es si los hechos investigados
tienen entidad suficiente para ser calificados como graves dentro del procedimiento previsto por la Ley
Orgánica de las Municipalidades bonaerenses. Si esa calificación no prospera, el trámite puede quedar allí. Si el Concejo entiende que corresponde avanzar, se abrirá una instancia posterior con nuevas garantías de defensa antes de que pueda discutirse una eventual separación del cargo.
El artículo 249 de la Ley Orgánica permite investigar transgresiones, negligencias reiteradas graves en el
ejercicio de la función que resulten lesivas al interés patrimonial municipal y supuestos de incapacidad física o mental sobreviniente. También exige que la Comisión reúna antecedentes y elementos de prueba sobre hechos precisamente definidos. La discusión del viernes, por lo tanto, no debería girar alrededor de la vida privada del intendente sino sobre una pregunta institucional: si durante el período investigado existieron conductas concretas capaces de afectar el ejercicio de la Intendencia y si esas conductas pueden encuadrarse jurídicamente en la norma.
La defensa sostiene que no surgieron elementos relevantes que permitan atribuir una falta concreta y
cuestiona la valoración de declaraciones de exfuncionarios. También afirma que cuestiones como los horarios de llegada al municipio, consideradas aisladamente, no configuran una violación legal. Ese argumento es atendible como planteo defensivo, pero no agota el contenido del expediente.
Entre las actuaciones existen declaraciones testimoniales de personas que ocuparon cargos de primera línea dentro del propio Departamento Ejecutivo. No se trata, en esos casos, de vecinos que reproduzcan versiones de terceros. Son personas que trabajaron cerca del intendente y que describieron ante la Comisión episodios que aseguran haber observado de manera directa durante la gestión.
Una exfuncionaria que llegó a desempeñarse en la conducción del gabinete relató problemas sostenidos para coordinar reuniones, ausencias, llegadas fuera de horario y momentos en los que el intendente tenía dificultades para sostener una rutina normal de trabajo. También describió conversaciones internas sobre la situación y la necesidad de reorganizar tareas para garantizar el funcionamiento del Ejecutivo. Otra exfuncionaria aportó referencias concordantes sobre ausencias, horarios irregulares y dificultades operativas durante el período en que trabajó dentro de la administración.
Eso no significa que el Concejo ya tenga resuelta una causal de destitución. Sí significa que el expediente no puede reducirse, sin más, a una investigación iniciada únicamente por una confesión personal. La cuestión probatoria incluye hechos vinculados al funcionamiento cotidiano del gobierno y testimonios provenientes de personas que tuvieron proximidad institucional con el jefe comunal.
A ello se suma un elemento que ya no depende de terceros: el reconocimiento público del propio Nebot.
Durante una actividad abierta sobre consumos problemáticos, el intendente afirmó que llevaba 308 días sin consumir. Esa manifestación disparó la investigación, pero también fijó una referencia temporal que obliga a examinar qué ocurrió durante el período previo mientras ya ejercía responsabilidades públicas.
El expediente incorpora además un antecedente anterior a su llegada a la Intendencia. Una respuesta oficial de la Procuración General bonaerense informa la existencia de la IPP 02-00-005217/21, tramitada ante una fiscalía del Departamento Judicial Bahía Blanca, vinculada a una infracción a la Ley 23.737 por tenencia para consumo personal. Nebot figuró allí como imputado y la investigación fue archivada el 19 de abril de 2021. En aquel momento era concejal, no intendente.
El dato requiere precisión. Una causa archivada no equivale a una condena y tampoco demuestra por sí sola qué ocurrió años después durante la gestión municipal. Pero, como antecedente incluido oficialmente en el expediente y leído junto con el reconocimiento posterior del propio dirigente, integra una cronología que el Concejo deberá evaluar sin confundir las distintas calidades procesales.
La respuesta de la Procuración también registra otras actuaciones en las que Nebot aparece en posiciones distintas -como víctima, denunciante o particular damnificado-. Por eso sería incorrecto presentar todo ese conjunto como ‘causas contra el intendente’. La identificación de cada expediente y de la calidad procesal correspondiente es indispensable para no transformar antecedentes diversos en una imputación genérica.
Otro dato que rodea el caso es la fuerte rotación política de la administración desde diciembre de 2023. Según información relevada por Ciudad Noticias, más de 25 funcionarios pasaron por cambios, reemplazos o salidas durante la gestión. La cifra, por sí sola, no prueba una irregularidad: los cambios de gabinete forman parte de las facultades políticas de un intendente. Pero adquiere interés cuando se cruza con testimonios de antiguos integrantes de primera línea que describen dificultades de coordinación y funcionamiento.
La propia Municipalidad anunció en octubre de 2025 una reestructuración de áreas centrales del gabinete. Ese recambio ocurrió además en un período que, según testimonios incorporados a la investigación, estuvo precedido por una licencia del intendente y por conversaciones internas sobre el inicio de un tratamiento de recuperación. A su regreso se produjeron salidas y modificaciones dentro del equipo. El expediente también contiene referencias testimoniales a un viaje al exterior durante ese período. Estos puntos deben ser tratados con especial precisión: Ciudad Noticias los presenta como elementos surgidos de declaraciones y documentación a la que pudo acceder, no como hechos exhaustivamente corroborados fuera del expediente.
La línea temporal puede resultar decisiva. Si una licencia, el comienzo de un tratamiento, el regreso al cargo, determinados viajes y cambios de funcionarios se ubican en fechas cercanas, el valor periodístico no está en insinuar una causalidad automática, sino en reconstruir con documentos quién sabía qué, qué decisiones se adoptaron y cómo funcionó el Ejecutivo en esos días.
La defensa puede discutir el valor de cada testimonio, señalar conflictos previos con los declarantes o
sostener que determinados comportamientos no son jurídicamente graves. Lo que no parece compatible con el contenido conocido del expediente es reducir el caso a la inexistencia absoluta de hechos vinculados con el ejercicio de la función. Existen declaraciones sobre el funcionamiento de la administración; otra cuestión, todavía abierta, es si esos hechos alcanzan el estándar legal requerido para continuar el procedimiento.
Ese será el punto de la sesión del viernes 23. La Ley Orgánica no le pide al Concejo un juicio moral sobre una adicción ni un pronunciamiento sobre la vida privada del intendente. Le exige decidir si hay hechos
suficientemente definidos y acreditados que puedan considerarse graves dentro de las causales legales.
Las declaraciones de exfuncionarios no resuelven por sí solas esa discusión. Tampoco la resuelve una IPP
archivada de 2021, ni el reconocimiento de los 308 días, ni la rotación del gabinete consideradas por
separado.
Pero la acumulación de antecedentes, testimonios y reconocimientos obliga a analizarlos en conjunto. Tras el cierre de la etapa de pruebas y el levantamiento del secreto de sumario, esa evaluación deja de estar circunscripta a la Comisión y pasa al conjunto del Concejo Deliberante.
El 23 de octubre no se decidirá todavía si Matías Nebot deja la Intendencia. Se resolverá algo previo y
determinante: si lo documentado en el expediente merece una calificación de gravedad que habilite la
continuidad del procedimiento o si, como sostiene la defensa, no existe una conducta legalmente reprochable que permita avanzar.
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